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El Senado avanza en la revisión del Reglamento Interno para consolidar su labor legislativa.

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    vicepress org
  • 25 sept
  • 2 Min. de lectura

Los senadores, bajo la moderación del vicepresidente segundo, han analizafo artículos esenciales para mejorar el funcionamiento de la Cámara Alta.

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Este pasado miércoles, el Pleno del Senado de Guinea Ecuatorial, bajo la presidencia y moderación de Agustín Nze Nfumu, se ha reunido en sesión plenaria en Malabo con el objetivo de continuar el estudio y adecuación del articulado del Reglamento Interno del Senado, una herramienta jurídica esencial para regular el funcionamiento de este alto órgano del Estado y responder a las necesidades actuales de la institución.


En el transcurso de la sesión, los senadores plantearon observaciones sobre aspectos del Reglamento que requieren mayor claridad, con el propósito de enriquecer su contenido y garantizar que este documento legal refleje con precisión los derechos, deberes y funciones de los legisladores como representantes del pueblo.


En este sentido, las deliberaciones de la jornada se han centrado en los artículos comprendidos entre el 110 y el 128, que abarcan temas como la iniciativa legislativa del Senado, la deliberación en comisión, la deliberación en el Pleno, así como las normas especiales aplicables a los procesos legislativos. También se abordaron procedimientos específicos, entre ellos: la tramitación de proyectos en lectura única, la delegación de competencias a las comisiones, el procedimiento para examinar los Presupuestos Generales del Estado, los proyectos de Ley Orgánica, los tratados y convenios internacionales, además de la autorización para dictar Decretos-Leyes.


Por otro lado, los senadores han revisado los artículos 150 al 152 del título quinto, relativos a las proposiciones no de ley, así como los títulos sexto y séptimo, que regulan la revisión de la Ley Fundamental iniciada en el Senado y las comparecencias de los miembros del Gobierno, autoridades públicas y otras entidades ante las comisiones parlamentarias para fines de información y asesoramiento.


Asimismo, matizar que este Reglamento tiene su origen en lo dispuesto por el artículo 79, inciso b, de la Ley Fundamental, que otorga al Senado la facultad de aprobar su propio reglamento. De hecho, el texto completo está compuesto por un preámbulo, dieciocho títulos incluido el preliminar, 223 artículos, tres disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y una final.


Redacción: Salvador Augusto Nguema MICHA ABUY.

Fuente: Página Oficial del Gobierno de Guinea Ecuatorial.

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