Ruslán Obiang Nsue, cerebro de la venta ilícita del ATR de Ceiba, condenado a seis años de prisión.
- vicepress org
- 27 ago
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La Mesa del Tribunal ha sentenciado con pena de cárcel al Ex director General Adjunto de Ceiba, que también deberá reembolsar el dinero de la venta del aparato.

Se ha dado por concluido este martes, 26 de agosto, el caso judicial registrado bajo el sumario 113/2023 procedente del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Malabo, sobre la venta ilícita del avión ATR 72-500 de Ceiba Intercontinental que tuvo como implicados a varios directivos de esta compañía de bandera nacional en diferentes períodos.
En la sesión de esta jornada, la Audiencia Provincial de Bioko Norte y Annobón que preside Simón Ngomo Mibuy, ha dictado sentencia respecto a este pleito condenando hasta seis años de prisión a Ruslán Obiang Nsue, Ex director General Adjunto de Ceiba, en tanto que cerebro de la operación y firmante oficial de la documentación que certificaba la venta ilegal del aparato en cuestión; quien por ordenamiento de la Mesa del Tribunal, deberá reembolsar más de 144 millones de francos CFA, a Ceiba Intercontinental.
En agosto de 2024, durante las vistas orales, el propio procesado reconoció haber vendido el aparato en Canarias por 250.000 euros más de 164 millones de francos CFA. Sin embargo, solo habría ingresado en su cuenta personal la mitad del dinero, 125.000 euros unos 82 millones de francos CFA, alegando que en la cuenta oficial de la aerolínea se constaba un aviso de embargo por deudas pendientes, asegurando desconocer el paradero del resto del dinero. En ese momento, la Fiscalía pidió una pena de seis años de prisión, además de multas económicas, por los delitos de abuso de poder, abuso de bienes de interés general y malversación de caudales públicos.
Tras más poco más de un año de minuciosa deliberaciones, el tribunal ha quedado convencido de que el 21 de febrero de 2020, Ruslan Obiang Nsue firmó en Canarias, Reino de España, el contrato de compraventa del avión, matrícula 3C-LLI. Posteriormente, recibió y depositó en su cuenta personal un cheque de 125.000 euros, realizando diversas operaciones bancarias entre 2020 y 2021, en pleno periodo de vigencia de la Ley de Prevención y Lucha contra la Corrupción en Guinea Ecuatorial.
Para el tribunal también ha quedado probado que, durante su gestión en Ceiba, el acusado manejó fondos de la compañía por un total de 144,2 millones de francos CFA cuyo destino no justificó adecuadamente.
Aunque presentó facturas y listas de gastos, el tribunal considera que no se no probaban el uso legítimo de los recursos.
En base a los hechos probados, la Audiencia Provincial condenó a Ruslán Obiang Nsue a:
1. Seis años y un día de prisión mayor por el delito de abuso de bienes de interés general.
2. El reembolso de 144,2 millones de francos CFA a Ceiba Intercontinental.
El pago de una indemnización de 14,4 millones de francos CFA y de una multa de 5 millones de francos CFA a favor del Estado.
3. La condena en costas procesales.
Cabe matizar que el tribunal ha decretado la suspensión de la ejecución de las penas siempre que el procesado cumpla con las responsabilidades civiles impuestas. En cuanto a los delitos de malversación de caudales públicos y abuso de funciones, el acusado ha sido absuelto, dejando constar que la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Corte Suprema de Justicia.
El caso de la venta del ATR de Ceiba Intercontinental se ha convertido en un referente dentro de la lucha contra la corrupción y la mala gestión de bienes públicos en Guinea Ecuatorial. Este fallo, aunque todavía recurrible, ha devenido en un punto de inflexión en términos jurídicos y políticos en la gestión de empresas estatales, así como en la aplicación de la Ley Anticorrupción.
Redacción: Andrés Ondó ETOGO OYÉ.
Fuente: Dirección General de Prensa de la Corte Suprema de Justicia.






















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