Caso Goyo: disconformidad total de la Fiscalía con la absolución de Gregorio Mesian
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El Ministerio Público considera que existió una incorrecta valoración de la prueba y una indebida aplicación de diversos preceptos legales.

La Corte Suprema de Justicia ha cerrado este pasado viernes la segunda ronda de vistas de casación del presente año con el examen, entre otros expedientes, del recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia que absolvió a Gregorio Mesian Nseme Ada en el conocido caso de la incautación de una maleta con divisas en el Aeropuerto Internacional de Malabo.
Las sesiones de casación, inicialmente previstas para cuatro dias, se han extendido debido a la carga de expedientes, tanto penales como civiles. La última jornada, nuevamente presidida por la magistrada de la Corte Suprema Clara Felicidad Bonkanka Tabares, en funciones de presidenta interina de la Sala durante estas sesiones, ha estado marcada por el análisis del recurso presentado por el Ministerio Fiscal contra la sentencia número 31/2026, relativo al caso Goyo Mesian, otro de los destacados expedientes examinados en esta segunda ronda de vistas.
El procedimiento tiene su origen en el sumario ordinario número 30/2025, seguido por presuntos delitos de blanqueo de capitales, evasión de capitales y fraude a la Hacienda y a la Seguridad Social, derivados de la incautación de una maleta llena de divisas en el Aeropuerto Internacional de Malabo, procedente de Camerún, cuyo propietario y destinatario era, según la investigación, Gregorio Mesian Nseme Ada, convirtiéndose en el principal investigado en esta caso.
Aunque la sentencia declaró no culpables a los siete que recogía el sumario, incluido el Camerunés que trajo la maleta y los oficiales de protocolo del aeropuerto por falta de pruebas, el recurso de casación se dirige únicamente contra la absolución de Gregorio Mesian; ya que al final del juicio oral, el Ministerio Fiscal retiró las restantes acusaciones y mantuvo el delito de blanqueo de capitales únicamente contra Goyo Mesian, para quien solicitó diez años de prisión y una multa de veinte millones de francos CFA.
Durante la vista de casación el Ministerio Fiscal, representado por el fiscal anticorrupción Félix Nguema Mba Afang, ha sostenido que la sentencia incurrió en infracción de ley y quebrantamiento de forma, al considerar que existió una incorrecta valoración de la prueba y una indebida aplicación de diversos preceptos.
El ministerio público mantiene que el origen de los fondos con los que se adquirieron las divisas en el extranjero no quedó suficientemente justificado y ha insistido, al igual que subrayó en el juicio, en que varias de las transferencias, cuatro, para ser exactos, fueron realizadas desde cuentas personales de Gregorio Mesian, y no de sus empresas, algunas incluso por separado el mismo día, circunstancias que, a su juicio, no fueron correctamente valoradas por el tribunal sentenciador.
La defensa de Gregorio Mesian ha solicitado, por su parte, la desestimación íntegra del recurso, fragmento al sostener que la sentencia absolutoria se ajusta plenamente a Derecho y que el Ministerio Fiscal no acredita la vulneración de ningún precepto penal sustantivo. Asimismo, ha insistido en que no existe prueba de un delito original que permita sostener una acusación por blanqueo de capitales, asegurando que el origen de los fondos fue legal y quedó debidamente acreditado, para el tribunal acuo.
Tras escuchar las alegaciones de ambas partes, el Alto tribunal ha dejado el recurso de casación penal visto para deliberación y posterior fallo, con lo que ha concluido la segunda ronda de vistas de casación celebrada durante cinco intensas jornadas en el Palacio de Justicia de Malabo II.
Redacción: Andrés Ondó ETOGO OYÉ.
Fuente: Corte Suprema de Justicia.


















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